Joseph Aidoo con Leo Messi en el Celta-Barça / EFE

Joseph Aidoo con Leo Messi en el Celta-Barça / EFE

Primer equipo

El Barça recurre ante Apelación la amarilla de Messi contra el Celta

El Comité de Competición desestima las alegaciones del club para retirar la sanción al astro argentino

13 noviembre, 2019 15:02

El Comité de Competición de la Real Federación Española de Fútbol resolvió este miércoles 13 de noviembre en contra de Leo Messi tras las alegaciones presentadas por el FC Barcelona reclamando la retirada de la tarjeta amarilla que vio el astro argentino el pasado sábado durante el Barça-Celta. El club presentó las alegaciones el pasado lunes y, tras conocer que eran desestimadas, recurrirá ante el Comité de Apelación, según confirman a Culemanía desde la entidad. 

Esta fue la sanción impuesta por Competición tras un lance de juego donde quedó más que probada la inexistencia de contacto, toda vez que las cámaras de televisión recogen a la perfección como Messi robó el balón limpiemamente al jugador del Celta. 

1ª Amonestación a D. Lionel Andres Messi Cuccittini, en virtud del artículo/s 111.1j del Código Disciplinario y con una multa accesoria al club en cuantía de 180,00 € en aplicación del art. 52.

Visto el escrito y prueba presentados por el FC Barcelona, que alega que concurre un error material manifiesto en el acta arbitral, en cuanto el jugador amonestado cortaría limpiamente, y sin tocar al contrario, el balón, siendo además inexistente el hecho reflejado en el acta de poner fin a un ataque prometedor. Constituye un criterio reiterado de este Comité de Competición, el que la apreciación de un error material manifiesto en el acta arbitral, exige la aportación de elementos de prueba que de forma inequívoca, y más allá de toda duda razonable, acredite bien la inexistencia del hecho reflejado en el acta, bien su patente arbitrariedad. Ninguno de los dos supuestos concurre en el presente caso, en el que existiendo un patente contacto entre los dos jugadores en el lance de juego en cuestión, no puede sustituir este Comité el criterio técnico del colegiado en la apreciación del mismo, por el criterio, sin duda muy respetable pero subjetivo, del club alegante en la apreciación del mismo. Por todo ello procede desestimar las alegaciones formuladas.